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'''Nicunlauta''' fue uno de los [[Diccionario:distrito|distritos]] que integró la [[subdelegación de Chile|subdelegación]] de [[San Fernando (subdelegación)|San Fernando]], en el antiguo [[Diccionario:departamento|departamento]] de [[departamento de San Fernando|San Fernando]], [[antigua provincia de Colchagua|provincia de Colchagua]].
'''Nicunlauta''' fue uno de los [[Diccionario:distrito|distritos]] que integró la [[subdelegación de Chile|subdelegación]] de [[San Fernando (subdelegación)|San Fernando]], en el antiguo [[Diccionario:departamento|departamento]] de [[departamento de San Fernando|San Fernando]], [[antigua provincia de Colchagua|provincia de Colchagua]].


El territorio del distrito fue organizado por decreto del presidente José Joaquín Pérez el [[14 de agosto]] de [[1867]].<ref name="distritos">{{Cita libro |apellidos=Grez-Cañete |nombre=Diego |título=Provincia Cardenal Caro: Institucionalidad y autoridades locales |url=https://books.google.cl/books?id=eFwvDwAAQBAJ&pg=PA12 |fechaacceso=5 de agosto de 2018 |fecha=30 de septiembre de 2016 |editorial=El Marino |isbn=9789569757037 |página=12-13 |idioma=es}}</ref>
El territorio del distrito fue organizado por decreto del presidente José Joaquín Pérez el 14 de agosto de [[1867]].<ref name="distritos">{{Cita libro |apellidos=Grez-Cañete |nombre=Diego |título=Provincia Cardenal Caro: Institucionalidad y autoridades locales |url=https://books.google.cl/books?id=eFwvDwAAQBAJ&pg=PA12 |fechaacceso=5 de agosto de 2018 |fecha=30 de septiembre de 2016 |editorial=El Marino |isbn=9789569757037 |página=12-13 |idioma=es}}</ref>


== Historia ==
== Historia ==
El distrito, que ocupó el número 3.° de la subdelegación [[San Fernando (subdelegación)|San Fernando]], fue creado por decreto supremo del [[14 de agosto]] de [[1867]], que divide el departamento de San Fernando en veinte subdelegaciones y numerosos distritos. El documento determina así sus límites:
El distrito, que ocupó el número 3.° de la subdelegación [[San Fernando (subdelegación)|San Fernando]], fue creado por decreto supremo del 14 de agosto de [[1867]], que divide el departamento de San Fernando en veinte subdelegaciones y numerosos distritos. El documento determina así sus límites:


{{cita|Al norte, por el estero de Antivero, desde los cerros de Nicunlauta hasta la calle de Jiménez; al sur, por el río Tinguiririca, desde el camino de Nancagua hasta la puntilla del Mogote; al oeste, por el cordón de cerros que separa a la subdelegación por este lado; y al este, por el camino de Nancagua, y las calles del Quilo y de Jiménez, que lo separan de los distritos núms. 1, 2 y 5.<ref>{{cite news|work=Boletín de las leyes i decretos del Gobierno (lib. XXV, N.° 8)|date=agosto de 1867|publisher=Imprenta Nacional|location=Santiago|title=Subdelegaciones i distritos del departamento de San Fernando|page=192-212}}</ref>}}
{{cita|Al norte, por el estero de Antivero, desde los cerros de Nicunlauta hasta la calle de Jiménez; al sur, por el río Tinguiririca, desde el camino de Nancagua hasta la puntilla del Mogote; al oeste, por el cordón de cerros que separa a la subdelegación por este lado; y al este, por el camino de Nancagua, y las calles del Quilo y de Jiménez, que lo separan de los distritos núms. 1, 2 y 5.<ref>{{cite news|work=Boletín de las leyes i decretos del Gobierno (lib. XXV, N.° 8)|date=agosto de 1867|publisher=Imprenta Nacional|location=Santiago|title=Subdelegaciones i distritos del departamento de San Fernando|page=192-212}}</ref>}}


El Decreto con Fuerza de Ley N.° 8.583 del [[30 de diciembre]] de [[1927]] redistribuye el territorio del departamento de San Fernando, y los distritos se suprimen.<ref>{{Cita web |url=https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=19463&buscar=8583 |título=DTO-8583 28-ENE-1928 MINISTERIO DEL INTERIOR - Ley Chile - Biblioteca del Congreso Nacional |fechaacceso=5 de agosto de 2018 |fecha=28 de enero de 1928 |sitioweb=Ley Chile - Biblioteca del Congreso Nacional |idioma=en}}</ref>
La Constitución de 1925, que entró en vigencia el 18 de octubre de ese año, declaró que los distritos son regidos por un inspector, subordinado al subdelegado.<ref>''Diario Oficial'', 18 de septiembre de 1925. Art. 92.</ref> No obstante, los distritos perdieron toda su importancia administrativa, pasando a tener utilidad meramente estadística. La Dirección General de Estadística atribuye esto a un desconocimiento, tanto del público como de las propias autoridades, y a que los decretos que establecían esa división administrativa eran antiguos y redactados en una época con pocos conocimientos técnicos, haciéndolos muy vagos, incompletos y hasta contradictorios.<ref>[https://www.bibliotecanacionaldigital.gob.cl/visor/BND:86204 Resultados del X Censo de la Población efectuado el 27 de noviembre de 1930 y estadísticas comparativas con Censos anteriores], p. 8</ref> El Decreto Ley N.° 803 del 22 de diciembre de 1925 señaló específicamente las comunas y subdelegaciones que subsistirían bajo la nueva división político-administrativa del país. Este distrito se mantuvo en la misma comuna y subdelegación como parte de esta reforma.<ref>[https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=254966 Decreto Ley N.° 803], 22 de diciembre de 1925</ref>


== Administración ==
== Administración ==

Revisión actual - 23:22 8 jun 2025

Nicunlauta
Distrito
Entidad Distrito
 • País Chile
 • Provincia Colchagua
 • Departamento San Fernando
 • Subdelegación San Fernando

Nicunlauta fue uno de los distritos que integró la subdelegación de San Fernando, en el antiguo departamento de San Fernando, provincia de Colchagua.

El territorio del distrito fue organizado por decreto del presidente José Joaquín Pérez el 14 de agosto de 1867.[1]

Historia

El distrito, que ocupó el número 3.° de la subdelegación San Fernando, fue creado por decreto supremo del 14 de agosto de 1867, que divide el departamento de San Fernando en veinte subdelegaciones y numerosos distritos. El documento determina así sus límites:

Al norte, por el estero de Antivero, desde los cerros de Nicunlauta hasta la calle de Jiménez; al sur, por el río Tinguiririca, desde el camino de Nancagua hasta la puntilla del Mogote; al oeste, por el cordón de cerros que separa a la subdelegación por este lado; y al este, por el camino de Nancagua, y las calles del Quilo y de Jiménez, que lo separan de los distritos núms. 1, 2 y 5.[2]

La Constitución de 1925, que entró en vigencia el 18 de octubre de ese año, declaró que los distritos son regidos por un inspector, subordinado al subdelegado.[3] No obstante, los distritos perdieron toda su importancia administrativa, pasando a tener utilidad meramente estadística. La Dirección General de Estadística atribuye esto a un desconocimiento, tanto del público como de las propias autoridades, y a que los decretos que establecían esa división administrativa eran antiguos y redactados en una época con pocos conocimientos técnicos, haciéndolos muy vagos, incompletos y hasta contradictorios.[4] El Decreto Ley N.° 803 del 22 de diciembre de 1925 señaló específicamente las comunas y subdelegaciones que subsistirían bajo la nueva división político-administrativa del país. Este distrito se mantuvo en la misma comuna y subdelegación como parte de esta reforma.[5]

Administración

La administración del territorio estaba a cargo de un inspector, quien respondía a las órdenes del subdelegado, quien tenía la potestad de nombrarlos o removerlos dando cuenta al gobernador departamental.[6]

Referencias

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