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Diferencia entre revisiones de «Chillegüe (distrito)»

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'''Chillegüe''' (también conocido como '''Chillehue''') fue uno de los [[Diccionario:distrito|distritos]] que integró la [[Diccionario:subdelegación|subdelegación]] de [[Coinco (subdelegación)|Coinco]], en el antiguo [[Diccionario:departamento|departamento]] de [[departamento de Caupolicán|Caupolicán]], [[provincia histórica de Colchagua|provincia de Colchagua]].


El territorio del distrito fue organizado por decreto del 26 de junio de [[1863]], del presidente José Joaquín Pérez.  
El territorio del distrito fue organizado por decreto del 26 de junio de [[1863]], del presidente José Joaquín Pérez.


== Historia ==
== Historia ==
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{{cita|Al oriente, por el citado camino [que pasa por la casa de Santos Aceituno]; al norte, por el [[río Cachapoal]]; al sur, por las serranías de Chillegüe; y al poniente, por el camino que parte de la puntilla del Rulo al río Cachapoal.}}
{{cita|Al oriente, por el citado camino [que pasa por la casa de Santos Aceituno]; al norte, por el [[río Cachapoal]]; al sur, por las serranías de Chillegüe; y al poniente, por el camino que parte de la puntilla del Rulo al río Cachapoal.}}


 
La Constitución de 1925, que entró en vigencia el 18 de octubre de ese año, declaró que los distritos son regidos por un inspector, subordinado al subdelegado.<ref>''Diario Oficial'', 18 de septiembre de 1925. Art. 92.</ref> No obstante, los distritos perdieron toda su importancia administrativa, pasando a tener utilidad meramente estadística. La Dirección General de Estadística atribuye esto a un desconocimiento, tanto del público como de las propias autoridades, y a que los decretos que establecían esa división administrativa eran antiguos y redactados en una época con pocos conocimientos técnicos, haciéndolos muy vagos, incompletos y hasta contradictorios.<ref>[https://www.bibliotecanacionaldigital.gob.cl/visor/BND:86204 Resultados del X Censo de la Población efectuado el 27 de noviembre de 1930 y estadísticas comparativas con Censos anteriores], p. 8</ref> El Decreto Ley N.° 803 del 22 de diciembre de 1925 señaló específicamente las comunas y subdelegaciones que subsistirían bajo la nueva división político-administrativa del país. En este contexto, se reconfirmó la existencia de la [[comuna de Coínco]] [''sic''] y su correspondiente [[Coínco (subdelegación)|subdelegación homónima]], así como de sus respectivos distritos.<ref>[https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=254966 Decreto Ley N.° 803], 22 de diciembre de 1925</ref>
 


== Administración ==
== Administración ==

Revisión actual - 22:17 8 jun 2025

Chillegüe (también conocido como Chillehue) fue uno de los distritos que integró la subdelegación de Coinco, en el antiguo departamento de Caupolicán, provincia de Colchagua.

El territorio del distrito fue organizado por decreto del 26 de junio de 1863, del presidente José Joaquín Pérez.

Historia

El distrito, que ocupó el número 2.° de la subdelegación de Coinco, Caupolicán, fue creado por decreto del 26 de junio de 1863, del presidente José Joaquín Pérez, que divide administrativamente a Caupolicán. El documento determina así sus límites:

Al oriente, por el citado camino [que pasa por la casa de Santos Aceituno]; al norte, por el río Cachapoal; al sur, por las serranías de Chillegüe; y al poniente, por el camino que parte de la puntilla del Rulo al río Cachapoal.

La Constitución de 1925, que entró en vigencia el 18 de octubre de ese año, declaró que los distritos son regidos por un inspector, subordinado al subdelegado.[1] No obstante, los distritos perdieron toda su importancia administrativa, pasando a tener utilidad meramente estadística. La Dirección General de Estadística atribuye esto a un desconocimiento, tanto del público como de las propias autoridades, y a que los decretos que establecían esa división administrativa eran antiguos y redactados en una época con pocos conocimientos técnicos, haciéndolos muy vagos, incompletos y hasta contradictorios.[2] El Decreto Ley N.° 803 del 22 de diciembre de 1925 señaló específicamente las comunas y subdelegaciones que subsistirían bajo la nueva división político-administrativa del país. En este contexto, se reconfirmó la existencia de la comuna de Coínco [sic] y su correspondiente subdelegación homónima, así como de sus respectivos distritos.[3]

Administración

La administración del territorio estaba a cargo del subdelegado, subordinado al gobernador departamental y nombrado por él. Duraban dos años en el cargo, aunque también podían ser nombrados indefinidamente. Podían ser removidos por el gobernador, quien debía dar cuenta de esto al intendente provincial. Los distritos, en tanto, eran regidos por un inspector, quien respondía a las órdenes del subdelegado, quien tenía la potestad de nombrarlos o removerlos dando cuenta al gobernador departamental.[4]

Referencias

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