Realiza una donación a la Enciclopedia Colchagüina para poder preservarla
Realiza una donación a la Enciclopedia Colchagüina para poder preservarla

Diferencia entre revisiones de «El Rincón (distrito)»

De la Enciclopedia Colchagüina
m Robot: cambios superficiales
Diego Grez (discusión | contribs.)
 
(No se muestra una edición intermedia del mismo usuario)
Línea 46: Línea 46:


Por decreto de 16 de septiembre de [[1864]], se dividió el 2.° distrito de El Rincón, creando el nuevo [[Perales (distrito)|2.° distrito de Perales]]. La precedencia de los distritos fue: [[Requínoa (distrito)|1.° La Requínoa]], [[Perales (distrito)|2.° Perales]], 3.° El Rincón, [[Cauquenes (distrito)|4.° Cauquenes]]. El decreto señaló que el nuevo límite oriental del distrito sería "la línea divisoria entre los fundos mencionados [las hijuelas de [[Adolfo Eastman]], la denominada Perales, las cinco en que se dividía la hacienda de [[Pedro Valdés]] y la hijuela de [[Gabriel Jordán]]] y sus colindantes que están situados en el lugar del [[Rincón del Olivar]] desde el río Seco hasta el camino del Abra, siguiendo la dirección de este hasta llegar al límite sur de la subdelegación". Sobre los otros límites, se mantuvieron los mismos fijados anteriormente<ref>{{cita libro|title=Geografía política de Chile: Talca a Tacna|last=Echeverría y Reyes|first=Aníbal|page=80-81|volume=Tomo segundo|publisher=Imprenta Nacional|location=Santiago}}</ref>
Por decreto de 16 de septiembre de [[1864]], se dividió el 2.° distrito de El Rincón, creando el nuevo [[Perales (distrito)|2.° distrito de Perales]]. La precedencia de los distritos fue: [[Requínoa (distrito)|1.° La Requínoa]], [[Perales (distrito)|2.° Perales]], 3.° El Rincón, [[Cauquenes (distrito)|4.° Cauquenes]]. El decreto señaló que el nuevo límite oriental del distrito sería "la línea divisoria entre los fundos mencionados [las hijuelas de [[Adolfo Eastman]], la denominada Perales, las cinco en que se dividía la hacienda de [[Pedro Valdés]] y la hijuela de [[Gabriel Jordán]]] y sus colindantes que están situados en el lugar del [[Rincón del Olivar]] desde el río Seco hasta el camino del Abra, siguiendo la dirección de este hasta llegar al límite sur de la subdelegación". Sobre los otros límites, se mantuvieron los mismos fijados anteriormente<ref>{{cita libro|title=Geografía política de Chile: Talca a Tacna|last=Echeverría y Reyes|first=Aníbal|page=80-81|volume=Tomo segundo|publisher=Imprenta Nacional|location=Santiago}}</ref>
La Constitución de 1925, que entró en vigencia el 18 de octubre de ese año, declaró que los distritos son regidos por un inspector, subordinado al subdelegado.<ref>''Diario Oficial'', 18 de septiembre de 1925. Art. 92.</ref> No obstante, los distritos perdieron toda su importancia administrativa, pasando a tener utilidad meramente estadística. La Dirección General de Estadística atribuye esto a un desconocimiento, tanto del público como de las propias autoridades, y a que los decretos que establecían esa división administrativa eran antiguos y redactados en una época con pocos conocimientos técnicos, haciéndolos muy vagos, incompletos y hasta contradictorios.<ref>[https://www.bibliotecanacionaldigital.gob.cl/visor/BND:86204 Resultados del X Censo de la Población efectuado el 27 de noviembre de 1930 y estadísticas comparativas con Censos anteriores], p. 8</ref> El Decreto Ley N.° 803 del 22 de diciembre de 1925 señaló específicamente las comunas y subdelegaciones que subsistirían bajo la nueva división político-administrativa del país. En este contexto, se reconfirmó la existencia de la [[comuna de Requínoa]] y su correspondiente [[Requínoa (subdelegación)|subdelegación homónima]], así como de sus respectivos distritos.<ref>[https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=254966 Decreto Ley N.° 803], 22 de diciembre de 1925</ref>


== Administración ==
== Administración ==
Línea 54: Línea 56:
{{reflist}}
{{reflist}}


{{DEFAULTSORT:Rincon, El (distrito)}}
[[Categoría:Distritos del departamento de Caupolicán]]
[[Categoría:Distritos del departamento de Caupolicán]]

Revisión actual - 21:10 8 jun 2025

El Rincón
Distrito
Entidad Distrito
 • País Chile
 • Provincia Colchagua
 • Departamento Caupolicán
 • Subdelegación Requínoa

El Rincón (también conocido como Rincón) fue uno de los distritos que integró la subdelegación de Requínoa, en el antiguo departamento de Caupolicán, provincia de Colchagua.

El territorio del distrito fue organizado por decreto del 26 de junio de 1863, del presidente José Joaquín Pérez.

Historia

El distrito, que ocupó el número 2.° de la subdelegación de Requínoa, Caupolicán, fue creado por decreto del 26 de junio de 1863, del presidente José Joaquín Pérez, que divide administrativamente a Caupolicán. El documento determina así sus límites:

Al norte, por río Seco; al sur, por la línea divisoria de las hijuelas de Los Perales y El Abra; al oriente, por el camino público del sur; y al poniente por los límites señalados a la subdelegación.

Por decreto de 16 de septiembre de 1864, se dividió el 2.° distrito de El Rincón, creando el nuevo 2.° distrito de Perales. La precedencia de los distritos fue: 1.° La Requínoa, 2.° Perales, 3.° El Rincón, 4.° Cauquenes. El decreto señaló que el nuevo límite oriental del distrito sería "la línea divisoria entre los fundos mencionados [las hijuelas de Adolfo Eastman, la denominada Perales, las cinco en que se dividía la hacienda de Pedro Valdés y la hijuela de Gabriel Jordán] y sus colindantes que están situados en el lugar del Rincón del Olivar desde el río Seco hasta el camino del Abra, siguiendo la dirección de este hasta llegar al límite sur de la subdelegación". Sobre los otros límites, se mantuvieron los mismos fijados anteriormente[1]

La Constitución de 1925, que entró en vigencia el 18 de octubre de ese año, declaró que los distritos son regidos por un inspector, subordinado al subdelegado.[2] No obstante, los distritos perdieron toda su importancia administrativa, pasando a tener utilidad meramente estadística. La Dirección General de Estadística atribuye esto a un desconocimiento, tanto del público como de las propias autoridades, y a que los decretos que establecían esa división administrativa eran antiguos y redactados en una época con pocos conocimientos técnicos, haciéndolos muy vagos, incompletos y hasta contradictorios.[3] El Decreto Ley N.° 803 del 22 de diciembre de 1925 señaló específicamente las comunas y subdelegaciones que subsistirían bajo la nueva división político-administrativa del país. En este contexto, se reconfirmó la existencia de la comuna de Requínoa y su correspondiente subdelegación homónima, así como de sus respectivos distritos.[4]

Administración

La administración del territorio estaba a cargo del subdelegado, subordinado al gobernador departamental y nombrado por él. Duraban dos años en el cargo, aunque también podían ser nombrados indefinidamente. Podían ser removidos por el gobernador, quien debía dar cuenta de esto al intendente provincial. Los distritos, en tanto, eran regidos por un inspector, quien respondía a las órdenes del subdelegado, quien tenía la potestad de nombrarlos o removerlos dando cuenta al gobernador departamental.[5]

Referencias

El acceso a las notas y referencias está restringido a usuarios registrados.