Roma (distrito)
Roma | |
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Distrito | |
Entidad | Distrito |
• País | Chile |
• Provincia | Colchagua |
• Departamento | San Fernando |
• Subdelegación |
2.° Subdelegación (-1867) Roma (1867-¿1928?) |
Roma fue uno de los distritos que integró las subdelegaciones 2.° y Roma, en el antiguo departamento de San Fernando, provincia de Colchagua.
El territorio del distrito fue organizado inicialmente por el intendente de Colchagua, José María Vergara, y trasladado a la subdelegación de Roma por decreto del presidente José Joaquín Pérez el 14 de agosto de 1867.[1]
Historia
El distrito fue organizado por el intendente José María Vergara en 1843. Pertenecía a la 2.° Subdelegación del departamento, como su primer distrito. El Anuario estadístico de 1864 le consigna como límites:[2]
"Limita al N. con la hacienda de Los Lingues; al E. con el cordón de cerros de Roma y Los Lingues; al S. con el estero de Antivero; y al P. con el camino público de la frontera".
El decreto supremo del 14 de agosto de 1867, que divide el departamento de San Fernando en veinte subdelegaciones y numerosos distritos, le otorga el número 2.° de la subdelegación Roma. El documento determina así sus límites:
Al norte, por el deslinde septentrional de la hacienda de los Lingues; al este, por los Andes; al sur, por el estero de Roma; y al oeste, por el camino de los Lingues y del Crucero, que limitan por este lado la subdelegación.[3]
La Constitución de 1925, que entró en vigencia el 18 de octubre de ese año, declaró que los distritos son regidos por un inspector, subordinado al subdelegado.[4] No obstante, los distritos perdieron toda su importancia administrativa, pasando a tener utilidad meramente estadística. La Dirección General de Estadística atribuye esto a un desconocimiento, tanto del público como de las propias autoridades, y a que los decretos que establecían esa división administrativa eran antiguos y redactados en una época con pocos conocimientos técnicos, haciéndolos muy vagos, incompletos y hasta contradictorios.[5] El Decreto Ley N.° 803 del 22 de diciembre de 1925 señaló específicamente las comunas y subdelegaciones que subsistirían bajo la nueva división político-administrativa del país. Este distrito se mantuvo en la misma comuna y subdelegación como parte de esta reforma.[6]
Administración
La administración del territorio estaba a cargo de un inspector, quien respondía a las órdenes del subdelegado, quien tenía la potestad de nombrarlos o removerlos dando cuenta al gobernador departamental.[7]
Inspectores
- José Molina — 27 de julio de 1866-¿1867?[8]
Referencias
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