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Copequén (distrito)

De la Enciclopedia Colchagüina
Copequén
Distrito
Entidad Distrito
 • País Chile
 • Provincia Colchagua
 • Departamento Caupolicán
 • Subdelegación Coinco

Copequén fue uno de los distritos que integró la subdelegación de Coinco, en el antiguo departamento de Caupolicán, provincia de Colchagua.

El territorio del distrito fue organizado por decreto del 16 de septiembre de 1864, del presidente José Joaquín Pérez.

Historia

Por decreto de 16 de septiembre de 1864, fue suprimido el 1.° distrito de Coinco, de la 7.° subdelegación homónima, señalando el decreto: "El distrito núm. 1 de la 7.° subdelegación denominado de Coinco, [creado] por el decreto de 26 de junio citado [de 1863], se denominará Copequén". El decreto le fijó como límites:[1]

Por el norte, el río Cachapoal; por el oriente, una línea imaginaria tirada de la puntilla de las Petacas a un petal, deslinde oriental de la subdelegación; por el sur, los cerros de Copequén; y por el poniente, el camino que separa las propiedades de Soto y Sánchez y el estero de Coinco hasta su nacimiento.

Decreto de 16 de septiembre de 1864

La Constitución de 1925, que entró en vigencia el 18 de octubre de ese año, declaró que los distritos son regidos por un inspector, subordinado al subdelegado.[2] No obstante, los distritos perdieron toda su importancia administrativa, pasando a tener utilidad meramente estadística. La Dirección General de Estadística atribuye esto a un desconocimiento, tanto del público como de las propias autoridades, y a que los decretos que establecían esa división administrativa eran antiguos y redactados en una época con pocos conocimientos técnicos, haciéndolos muy vagos, incompletos y hasta contradictorios.[3] El Decreto Ley N.° 803 del 22 de diciembre de 1925 señaló específicamente las comunas y subdelegaciones que subsistirían bajo la nueva división político-administrativa del país. En este contexto, se reconfirmó la existencia de la comuna de Coínco [sic] y su correspondiente subdelegación homónima, así como de sus respectivos distritos.[4]

Administración

La administración del territorio estaba a cargo del subdelegado, subordinado al gobernador departamental y nombrado por él. Duraban dos años en el cargo, aunque también podían ser nombrados indefinidamente. Podían ser removidos por el gobernador, quien debía dar cuenta de esto al intendente provincial. Los distritos, en tanto, eran regidos por un inspector, quien respondía a las órdenes del subdelegado, quien tenía la potestad de nombrarlos o removerlos dando cuenta al gobernador departamental.[5]

Referencias

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